Hay algo que empieza a resultar francamente agotador en el ejercicio de la abogacía: tener que justificar constantemente que el abogado cobra por trabajar. No por existir, no por coger el teléfono, no por enviar un correo, no por «hacer un papel», sino por poner a disposición de otra persona años de formación, conocimientos jurídicos, experiencia, criterio, tiempo, responsabilidad y, en muchas ocasiones, una parte considerable de su vida. Y, sin embargo, se ha instalado con una naturalidad sorprendente la idea de que los honorarios del abogado son una especie de gasto sospechoso, un importe que debe ser discutido, rebajado, negociado y, si es posible, trasladado al contrario de forma imperativa. Hay clientes que regatean antes incluso de conocer el trabajo que hay detrás de un asunto; que comparan presupuestos como si estuvieran comprando un electrodoméstico; que, después de aceptar un precio, intentan reducirlo cuando llega la factura; que consideran que, si el procedimiento se gana (o incluso en fase extrajudicial), el contrario siempre debería pagar al abogado de uno; y, en los casos más sangrantes, clientes que desaparecen después de haber recibido el servicio. Y uno termina preguntándose cuándo hemos llegado a considerar normal contratar a un profesional, utilizar sus conocimientos y después discutir si merece cobrar por ellos.
Quizá convendría empezar por una palabra que utilizamos con bastante frecuencia, sin reparar en su origen ni significado, y que por ende hemos ido desnaturalizando hasta convertirla en una simple referencia contable: honorarios. No se llaman sueldo, salario, emolumentos. El dinero que percibe un abogado por su servicio se llama HONORARIOS. La palabra procede del latín honorarius, «que sirve para honrar», derivado de honor, dignidad, respeto, consideración. La propia Real Academia Española conserva todavía entre sus acepciones la de «gaje o sueldo de honor» y define, en plural, los honorarios como el importe de los servicios de determinadas profesiones liberales. La remuneración del profesional vinculado al conocimiento no fue concebida históricamente como un simple precio comercial, sino como una contraprestación asociada a la dignidad de quien ejercía una determinada función.
Y pocas profesiones tienen una relación tan antigua con esa idea como la abogacía. En Roma, la cuestión de cuánto debía cobrar un abogado ya era un problema. La Lex Cincia, del año 204 antes de Cristo, prohibió que los abogados recibieran remuneración por sus servicios. La defensa tenía entonces una dimensión de deber cívico y social. El ciudadano acudía a su patrono, que intervenía en su defensa, y este obtenía a cambio prestigio, reconocimiento, relaciones y posición social. Pero la realidad terminó imponiéndose a la teoría, porque los abogados, como cualquier otro ser humano, tenían la desagradable e innecesaria costumbre de comer. La práctica de recompensar económicamente sus servicios se extendió, y el poder tuvo que intervenir para regular aquello que ya era imposible ignorar. En el año 47 D.C., el emperador Claudio estableció un límite de 10.000 sestercios para los honorarios de los abogados. Posteriormente, durante el Imperio, se consolidaría progresivamente el reconocimiento jurídico de su derecho a recibir una remuneración por el trabajo realizado. Llevamos aproximadamente dos mil años intentando encontrar el equilibrio entre la dignidad de la profesión jurídica y su legítima remuneración.
Lo que resulta menos comprensible es que, después de todo ese recorrido histórico, hayamos llegado al siglo XXI y parezca necesario volver a explicar a la gran mayoría de los clientes que entran por la puerta del despacho que un abogado tiene derecho a cobrar por su trabajo. Y no solo a cobrar, sino a cobrar sin sentir que tiene que pedir disculpas por hacerlo.
Porque el abogado no cobra por una llamada de diez minutos: cobra por saber qué debe decir durante esos diez minutos. No cobra por el papel que entrega: cobra por saber qué papel hay que entregar, ante qué órgano, en qué momento, con qué argumentos y con qué consecuencias. No cobra por escribir veinte páginas: cobra por saber cuáles de esas veinte páginas son necesarias, cuáles sobran y cuáles pueden hacer que un asunto se pierda (así que no, si nos traes hecho el burofax de casa con IA no te vamos a hacer precio por firmarlo y mandarlo). No cobra por acudir a una vista de media hora (que en la práctica se reduce a echar la mañana en el Juzgado): cobra por las horas de estudio que hay detrás de esa media hora, por haber leído el procedimiento, analizado las pruebas, estudiado la jurisprudencia, llamado a testigos, peritos, al fiscal, a los funcionarios del juzgado, por haber ido presencialmente tras no haber podido contactar, preparado una estrategia y asumido la responsabilidad profesional de defender los intereses de otra persona. Algunos clientes ven lo que quieren ver, 20 minutos y de las cuatro últimas llamadas, 10 correos y 40 whatsapps, que solo haya contestado dos. Preguntaba lo mismo de distinta forma, pero necesitaba sentirse atendido, porque total, solo me tiene a mi de cliente, y apenas le he querido chulear los honorarios. En definitiva, el grueso del trabajo y de la formacion que ha dado lugar al mismo permanece oculto, y quizá por eso se infravalora tanto.
¿Abrimos otro melon? Existe una tendencia bastante extendida a pensar que si un abogado tarda poco en solucionar un problema, o la demanda tiene solo 3 páginas, el servicio debería ser barato, o al menos más barato. Está claro que 200 gr de jamon serrano debería costar menos que 400gr, pero mire, esto que le preparo yo son 30 gramazos de jamón de bellota 100% ibérico, y no me va usted a comparar. Si un abogado resuelve en veinte minutos una cuestión que a otra persona le habría llevado dos días, no está cobrando por veinte minutos. Está cobrando por los años que ha necesitado para ser capaz de resolverla en veinte minutos, que a la postre no son solo los 4 años de grado y 2 de master, no vamos a hablar de las formaciones semanales que imparte el colegio, cursos, libros, artículos doctrinales y cientos de sentencias de las bases de datos. La experiencia tiene precisamente ese efecto: consigue que problemas que para quien los desconoce parecen enormes puedan resolverse con rapidez, pero pretender que el cliente pague únicamente por el tiempo que ve, es como pagar a un cirujano exclusivamente por los minutos que permanece con el bisturí en la mano.
Y, sin embargo, con los abogados el regateo se ha convertido casi en una institución. «¿No me puedes hacer precio?». «Es que el otro abogado me cobra menos». «Si son cuatro papeles, no puede costar tanto». «¿Y si te pago cuando cobre?». «Pero si ganamos, ¿a mi no me cuestas nada, no?». «Si ya tengo el escrito preparado, solo tienes ue firmarlo y enviarlo». «En cuanto pueda te pago que [se ha puesto mala mi madre, me tienen que empastar una muela, se me ha roto el coche, me quiero ir de vacaciones y si no no me da…]» Son frases que muchos abogados escuchamos con una frecuencia que difícilmente se toleraría en otras profesiones. Nadie entra en el supermercado y se lleva la compra sin pagar. Claro, que la barra de pan te la comes, el asesoramiento no, el burofax tampoco, y la demanda ni hablar. Lo que me como yo es el trabajo, y luago ya veremos. Parece que existe una especie de permiso social para negociar, regatear, quitar, aplazar y, en ocasiones, para cuestionar incluso la legitimidad misma del cobro. Menudo Zoco.
Por supuesto que el cliente tiene derecho a conocer el precio. Por supuesto que debe recibir información clara sobre los honorarios, los servicios incluidos, los gastos previsibles y las consecuencias económicas del procedimiento. Por supuesto que debe existir transparencia y que la relación entre abogado y cliente debe estar presidida por la claridad y la buena fe. Les invitamos a pedir otros presupuestos u opiniones si tras nuestras aclaraciones no lo tienen claro. Aquí no hacemos prisioneros. No estoy defendiendo una abogacía opaca ni mucho menos una barra libre para cobrar cualquier cantidad. Quien ha trabajado con nosotros sabe que siempre vamos con un presupuesto por delante. El cliente tiene derecho a saber cuánto va a pagar y el abogado tiene la obligación de explicárselo para evitar precisamente este tipo de problemas. Pero una cosa es la transparencia, y otra muy diferente la practica habitual del día a día.
Hay además una confusión particularmente extendida que convendría desterrar de una vez: la de que el abogado debe ser pagado por el contrario. «Yo quiero que me devuelvan la deuda y, además, que me paguen lo que me cuestas tu, así que reclama la deuda y tus honorarios». ¿Perdona?. Las costas procesales tienen su propio régimen jurídico. Pueden comprender los honorarios de abogado en los casos previstos legalmente y una condena en costas puede permitir recuperar determinados gastos procesales, pero eso no transforma al contrario en el cliente del abogado ni convierte la minuta en una especie de daño emergente que automáticamente deba satisfacer quien ha provocado el litigio. El abogado trabaja para su cliente. El cliente contrata al abogado. El cliente encarga el trabajo y el cliente debe pagar los honorarios pactados. Después podrá haber una condena en costas, una tasación y una eventual recuperación de cantidades. Pero el abogado no debería convertirse en el acreedor de último recurso de nadie mientras espera a ver si un tercero termina pagando.
Me resulta especialmente llamativo que, en ocasiones, el cliente parezca entender el dinero destinado al abogado como dinero que «pierde», incluso cuando acaba de obtener gracias a esa intervención aquello que pretendía conseguir. Si alguien recupera 20.000 euros gracias a una reclamación y ha pagado 2.000 euros a un abogado, no ha «perdido» 2.000 euros por culpa del abogado. Ha pagado 2.000 euros para intentar recuperar 20.000. Si alguien evita una condena, recupera una vivienda, consigue cobrar salarios impagados, consigue defender su patrimonio o logra que se reconozca un derecho, el abogado no ha sido un obstáculo económico colocado entre el cliente y su objetivo. Ha sido precisamente el instrumento utilizado para conseguirlo.
Y aquí aparece una realidad que tampoco suele verse: mantener un despacho de abogados cuesta dinero. Mucho dinero. Hay colegiación, seguros, impuestos, Seguridad Social, gestoría, programas informáticos, bases de datos jurídicas, equipos, suministros, alquileres, desplazamientos, formación y cientos de gastos que el cliente nunca ve. Pero, sobre todo, hay tiempo. Tiempo que no se factura necesariamente como el cliente imagina. Hay expedientes que obligan a estudiar durante horas para terminar redactando un escrito que ocupa tres páginas. Hay llamadas que requieren haber leído previamente cincuenta folios, cien y doscientos. Hay consultas que duran media hora porque detrás existen años de experiencia. Hay noches en las que un abogado sigue pensando en un asunto después de haber cerrado el ordenador. Que si los Whatsapps de «vacaciones?», que si un email un domingo o una llamada de teléfono «urgente?» un miercoles a las 22:00h. Y hay una responsabilidad que tampoco aparece en la factura: cuando un abogado firma un escrito, presenta una demanda, formula un recurso o entra en una sala de vistas, está poniendo en juego su nombre profesional y asumiendo las consecuencias de su actuación.
Por eso tampoco entiendo que se valore el trabajo del abogado exclusivamente en función del resultado. El abogado no vende sentencias favorables. No puede garantizar una absolución, una indemnización, un archivo o una victoria. Quien promete resultados jurídicos seguros no está vendiendo certeza: está vendiendo humo. En No Hay Derecho, reminiscencias de nuestro paso por la Facultad de Derecho de la Univerdisdad de Alcalá, decimos que para ganar un procedimiento tienen que concurrir tres factores: tener la razon, demostrar que se tiene la razon, y que te den la razon. La razon se puede tener o no tener. Teniendola o no, es imprescindible demostrar, probar, acreditar que se tiene. Si se tiene será más facil, si no se tiene será más complicado. Y una vez cumplidos estos dos requisitos, cuyo alcance está de la mano del cliente y de su abogado, queda la tercera pata de la mesa para que no quede coja, y es que te den la razon. Amigo… la razon te la da otro profesional del derecho, una vez valorada la prueba que acredita que tienes la razon. Va también de negro, ha estudiado un pelín más que el abogado al que le regateas los honorarios, y se llama Juez o Magistrado. Que Su Señoría te de la razon o no es algo que no depende de uno. Una vez hecho el trabajo, la decision es del Juez, y como solo de él o ella depende esa decision, es IMPOSIBLE prometer un resultado. En nuestras hojas de encargo siempre se explica que lo que se contrata es un «arrendamiento de servicios». El abogado se compromete a estudiar, preparar, asesorar, defender y actuar con diligencia y competencia. Puede hacer todo eso correctamente y perder. Puede hacer todo eso extraordinariamente bien y encontrarse con un juez que no comparte su interpretación, con una prueba inesperada, con un testigo que cambia su versión o con circunstancias que escapan completamente a su control. La obligación profesional no es ganar siempre, es hacer todo lo profesionalmente posible para defender los intereses del cliente.
Y quizá deberíamos empezar a hablar también de algo que se ha perdido entre tanta conversación sobre precios: el respeto por las profesiones liberales. Nadie debería sentirse culpable por cobrar por su conocimiento. Un abogado no está cobrando por encima de la mesa por el mero hecho de haber estudiado Derecho, está cobrando porque ese conocimiento tiene un valor económico. Igual que lo tiene el conocimiento de un electricista, de un arquitecto, de un diseñador web, de un médico o de cualquier otro profesional. El hecho de que la abogacía tenga una función esencial dentro del Estado de Derecho no convierte al abogado en un voluntario. Ese es otro melon aparte, ya que existen abogados del Turno de Oficio, pero no hay cerrajeros del Turno de Oficio, y esos 600€ a las 3 de la mañana un sabado por entrar en casa los pagas encantado, pero por sacarte de calabozos no… interesante.
Retomando el hilo, precisamente al contrario. Una sociedad que quiere abogados independientes, preparados y responsables tiene que aceptar que la independencia profesional tiene un coste. Un abogado que depende económicamente de cada cliente hasta el punto de no poder cobrar lo que vale su trabajo difícilmente podrá construir un despacho sostenible. Y una abogacía económicamente inviable no es una abogacía más digna. Es simplemente una profesión condenada a deteriorarse.
No pretendo, por supuesto, que nadie considere un «honor» pagar una factura de abogado en el sentido literal de la palabra. Sería absurdo. El cliente tiene derecho a discutir, comparar y decidir dónde emplea su dinero. Repito que desde este Despacho se les anima a ello. Pero sí reivindico algo mucho más sencillo: que dejemos de considerar los honorarios como una especie de anomalía económica que debe justificarse constantemente. Que entendamos que pagar a un abogado no es pagar por «hacer unos papeles», es pagar por acceder a un conocimiento especializado que puede afectar a cuestiones tan importantes como la libertad, la vivienda, el patrimonio, el trabajo, la empresa, la familia o la reputación de una persona.
Quizá por eso la palabra siga siendo tan apropiada. Honorarios. Una palabra nacida en un mundo en el que el conocimiento jurídico estaba estrechamente ligado al prestigio y a la dignidad del profesional y que, con el paso de los siglos, terminó convirtiéndose en la denominación de la remuneración económica de quienes ejercen la abogacía. Hemos conservado la palabra, pero en demasiadas ocasiones hemos olvidado su significado. Stat rosa pristina nomine, nomina nuda tenemus.
Y yo creo que ya va siendo hora de recuperarlo. No para volver a una concepción romántica de la abogacía, ni para colocar al abogado por encima del cliente, sino para recordar que el trabajo profesional tiene un valor y quien lo presta tiene derecho a cobrarlo. La transparencia debe existir. La información debe existir. Los presupuestos deben ser claros. Las condiciones deben pactarse. Pero una vez aceptadas, también debe existir algo tan sencillo como cumplir lo acordado, cumplir la palabra.
Porque el abogado no trabaja a cambio de gratitud. No paga sus impuestos con agradecimientos. No mantiene abierto su despacho con felicitaciones por haber ganado un procedimiento. No compra una base de datos jurídica con un «muchas gracias, abogado». Y tampoco puede sostener una profesión que exige años de preparación, responsabilidad y dedicación a base de que cada cliente decida cuánto considera que vale el trabajo realizado.
La abogacía no es caridad, tampoco es un mercadillo. Es una profesión, y como cualquier profesión basada en el conocimiento, la experiencia y la responsabilidad, merece una remuneración justa. Eso es lo que son los honorarios, y quizá no estaría de más recordar, de vez en cuando, por qué seguimos llamándolos así.

Abogado desde 2019, por cuenta propia e integrante del Turno de Oficio desde 2024. Tras trabajar en varios Bufetes, decidí fundar mi propio Despacho de Abogados “No Hay Derecho”, con el objetivo de combinar mi experiencia profesional con un enfoque innovador y adaptado a las necesidades actuales de particulares y empresas.




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