Anulación de las ZBE en Madrid: ¿cómo puedo recurrir una multa?

por | Dic 20, 2024 | Uncategorized | 12 Comentarios

Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) se han convertido en una herramienta esencial para mejorar la calidad del aire en las grandes ciudades. Sin embargo, su implementación ha generado diversas controversias legales, especialmente en lo que respecta a las multas impuestas por acceder sin autorización a estas áreas. En este artículo, analizaremos la situación actual de las ZBE en Madrid, la posibilidad de recurrir las sanciones y el procedimiento para hacerlo.

Introducción

Las ZBE son áreas delimitadas dentro de las ciudades donde se restringe el acceso a vehículos que no cumplen con ciertos estándares de emisiones contaminantes. El objetivo principal es reducir la contaminación atmosférica y promover una movilidad más sostenible. En Madrid, estas zonas incluyen áreas emblemáticas como el «Distrito Centro» y «Plaza Elíptica».

 

Anulación de las ZBE en Madrid: Contexto Legal

El 17 de septiembre de 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anuló las ZBE de la capital, argumentando una «patente insuficiencia del informe de impacto económico» en la ordenanza municipal que las regulaba. Esta decisión se basó en la falta de consideración de las consecuencias económicas para los colectivos más vulnerables, como autónomos y pequeñas empresas, que podrían verse afectados por las restricciones de circulación.

Puedes consultar la resolución en el siguiente enlace: STSJ_M_8893_2024.

Es importante destacar que esta sentencia aún no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Mientras tanto, las ZBE y las sanciones asociadas continúan vigentes.

 

¿Es posible recurrir las multas impuestas en las ZBE?

Dada la anulación de las ZBE por parte del TSJM, surge la cuestión de si las multas impuestas durante su vigencia pueden ser recurridas. Desde NoHayDerecho© opinamos que las sanciones basadas en disposiciones ahora anuladas podrían considerarse nulas. Sin embargo, dado que la sentencia no es firme, el Ayuntamiento podría seguir sancionando. Los afectados pueden reclamar «ingresos indebidos» durante cuatro años para sanciones que hayan sido firmes y pagadas, presentando la sanción y el justificante de pago.

 

Procedimiento para recurrir una multa de la ZBE

Si ha recibido una multa por acceder sin autorización a una ZBE y considera que es susceptible de ser recurrida, es recomendable seguir estos pasos:

  1. Revisión de la notificación: Verifique que la multa contenga todos los datos necesarios, como la fecha, hora, lugar de la infracción y la normativa infringida.
  2. Plazo de recurso: Dispone de un mes desde la notificación de la sanción para presentar un recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Madrid.
  3. Presentación del recurso: Puede hacerlo a través de la sede electrónica del Ayuntamiento o de forma presencial en las oficinas habilitadas.
  4. Documentación necesaria: Adjunte copia de la sanción, justificante de pago (si ya ha abonado la multa) y cualquier otra documentación que considere relevante para su defensa.

Es aconsejable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en derecho administrativo para garantizar una correcta tramitación del recurso.

Igualmente el Despacho dispone de modelos de escritos que pueden ser adquiridos por el afectado, a un bajo precio, para poder proceder a su tramitación por su cuenta en vía administrativa, sin perjuicio de que en caso de acudir a la vía judicial, será obligatoria la asistencia de un Abogado colegiado en ejercicio. Puede ver un extracto del escrito de alegaciones en el siguiente enlace: FORMULARIO MULTA ZBE_Censurado

En caso de ya haber pagado la multa, es aconsejable esperar a ver si se pronuncia el TS, y en su caso, valorar la viabilidad de reclamar. No hay que olvidad que se trata de un procedimiento administrativo, y por lo que viene ocurriendo, a la vista de la actitud del Ayuntamiento de Madrid, de tener que acudir a vía judicial para hacer valer los derechos del ciudadano. Esto se traduce en tiempo y dinero.

Importancia del asesoramiento legal

Las implicaciones legales derivadas de la anulación de las ZBE y las posibles reclamaciones de multas pueden ser complejas. Un abogado especializado puede ofrecerle una evaluación detallada de su situación y guiarle en el proceso de reclamación o recurso, asegurando que se respeten sus derechos y se sigan los procedimientos adecuados.

En No Hay Derecho©, somos expertos en la gestión de sanciones relacionadas con las Zonas de Bajas Emisiones. Nuestro equipo ofrece un servicio personalizado, analizando cada caso en detalle para proporcionar la mejor solución legal. ¡No permita que una multa injusta afecte su tranquilidad! Contáctenos hoy mismo al 676 62 22 36 o envíe un correo a info@nohayderecho.com. Estamos aquí para ayudarle a defender sus derechos.

12 Comentarios

  1. Ramón

    me an multado por acceder a zona zbe tengo tarjeta de minusvalía y no vivo en Madrid puedo recurrir

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    • Jorge Moreno

      Hola, muchas gracias por escribirnos y confiar en nosotros. En relación a tu caso, sí es posible valorar la viabilidad de recurrir una multa por acceder a la ZBE con tarjeta de discapacidad, aunque no residas en Madrid. Cada situación depende de la documentación acreditativa y de cómo se haya tramitado la sanción. Para poder darte una respuesta personalizada y preparar la defensa adecuada, necesitamos que nos envíes copia de la multa y de la tarjeta de minusvalía. Puedes hacerlo a través de nuestro correo info@nohayderecho.com, o por WhatsApp al 676 62 22 36. Estaremos encantados de ayudarte a gestionar tu recurso. Un saludo.

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  2. Javier Garcia Arenas

    Tengo un vehículo sin etiqueta ambiental. Dada la anulación de las ZBE por el TSJM. SABEMOS SI ESA SENTENCIA ya que no es firme va a serlo? Y puedo reclamar a partir del 2026 en caso de que me multen.
    Gracias

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    • Jorge Moreno

      Buenas tardes Javier, la sentencia del TSJM que anuló las ZBE en Madrid todavía no es firme, ya que el Ayuntamiento ha anunciado recurso ante el Tribunal Supremo. No podemos asegurar que vaya a confirmarse: podría ratificarse la nulidad o revocarse. Mientras tanto, las ZBE siguen en vigor y las multas continúan imponiéndose. Respecto a tu segunda pregunta: no puedes esperar a 2026 para reclamar. Cada sanción tiene su propio plazo de recurso (normalmente 20 días hábiles desde la notificación). Si no recurres en plazo, la multa se vuelve firme y ya no podrás reclamarla aunque más adelante el Supremo confirme la nulidad. Por tanto, la estrategia correcta es impugnar cada sanción dentro de plazo, invocando la sentencia del TSJM, y mantener el procedimiento vivo hasta que el Supremo resuelva. Un saludo

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  3. Juan Carlos Nieto

    buenas tardes me han multado en la zbe en la calle gran Vía…el día 15 de septiembre se puede impugnar o es mejor pagar.porblobde que no es fijo lo del tsm con lo cual el ayuntamiento lo a llevado al superior?

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    • Jorge Moreno

      Buenas tardes Juan, en funcion de cuando se lo hayan notificado disponemos de 20 días habiles para alegar la propuesta de sancion. Si quiere pagar, se va a ver beneficiado por el pronto pago. En el despacho os aconsejamos que las recurrais siempre que haya viabilidad para ello, ya que en vía judicial estan anulando el 97% de estas multas. Si bien, lo más adecuado es atenderle de manera personalizada y confidencial. Cada caso requiere analizar la documentación correspondiente y estudiar detenidamente las circunstancias concretas, lo que no resulta posible a través de los comentarios del blog. Le invito a ponerse en contacto con nuestro despacho para poder ofrecerle una orientación precisa y adaptada a su situación. Puede hacerlo a través de nuestro formulario de contacto en la web, escribiéndonos al correo info@nohayderecho.com, o enviándonos un mensaje directo a nuestro WhatsApp 676 62 22 36. Estaremos encantados de agendar una cita y prestarle el asesoramiento jurídico que necesite.
      Gracias de nuevo por su confianza.

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  4. Carlos

    Buenas noches, me ha llegado hoy una notificación de carta de pago por acceder a la ZBE de Madrid Central con fecha de 24 de mayo de 2024. Ha pasado ya más de un año y lógicamente, viene con recargo (Prelación de bienes).
    Llevo empadronado en mi domicilio desde 2023 y la notificación me ha llegado a mi anterior vivienda. Yo no he recibido notificación alguna con anterioridad. Así mismo, en la denuncia no aparece la hora en la que supuestamente infringí la ley (se trata de una moto). Por último, en observaciones, indican que se notificó mediante anuncio de fecha 30/07/2025. No entiendo nada. ¿Es normal? ¿Debo proceder al pago?. Gracias de antemano.

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    • Jorge Moreno

      Hola Carlos,

      Gracias por tu mensaje. En casos como el que comentas, es importante comprobar varios aspectos del procedimiento, como las fechas de notificación, la posible caducidad o prescripción del expediente, y si la Administración ha cumplido correctamente con sus obligaciones de comunicación. También conviene revisar si existen defectos en la notificación por edictos o en los datos del vehículo.

      No obstante, para poder valorar si procede o no impugnar la sanción, y qué pasos serían los más adecuados en tu caso, es necesario examinar la documentación completa. Te recomendamos que nos la hagas llegar por whatsapp al 676622236 o por correo electrónico a info@nohayderecho.com y concertemos una consulta para analizarla con detalle.

      Un saludo.

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  5. MARIA

    Buenas tardes, me han emitido una multa de bajas emisiones del ayuuntamiento de Getafe, puedo recurrirla y qu puedo alegar? no incluyen fotografa ni nada que lo acredite.

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    • Jorge Moreno

      Hola, buenas tardes, y gracias por escribirnos.

      Sí, es posible valorar la viabilidad de recurrir una multa por acceder a la zona de bajas emisiones del Ayuntamiento de Getafe. La ausencia de fotografía u otros medios de prueba claros puede ser relevante, ya que la Administración debe acreditar la infracción de forma suficiente.

      Para poder decirte exactamente qué se puede alegar en tu caso y preparar el recurso con garantías, necesitamos revisar la notificación completa de la multa y comprobar cómo ha sido tramitada.

      Puedes enviarnos copia por correo a info@nohayderecho.com
      o por WhatsApp al 676 62 22 36.
      Estaremos encantados de ayudarte con el recurso.

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  6. Jose Miguel Gutierrez Serna

    Hola buenos días he recibido una sanción por carta certificada el día 20/11/2025 la sanción es del día 4/10/2025
    es de Madrid en A1PK11.850 iba dirección Getafe para quedarme allí, puedo hacer algún tipo de recurso.
    Gracias un Saludo

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    • Jorge Moreno

      Hola, buenos días, y gracias por escribirnos.

      Sí, en principio es posible estudiar la viabilidad de un recurso. En tu caso conviene revisar dos aspectos principales: los plazos de notificación, para comprobar si la sanción se ha comunicado dentro del plazo legal; y la motivación de la infracción y si la Administración ha acreditado correctamente el acceso a la zona restringida (A1PK11.850).

      Para darte una valoración real y preparar el recurso con garantías, necesitamos revisar la carta completa de la sanción.

      Puedes enviárnosla por correo a info@nohayderecho.com o por WhatsApp al 676 62 22 36.
      Estaremos encantados de ayudarte a gestionarlo.

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