Si tienes un coche, una moto, una autocaravana, etc. sabrás que es obligatorio tener un seguro a terceros, que cubra los daños que pueda causar tu vehículo a otras personas o bienes. Este seguro puede mejorarse (a todo riesgo, franquiciado, etc.) cubriendo más riesgos a parte de estos daños a terceros. Hoy vamos a hablar sobre las reclamaciones al seguro por accidentes de tráfico.
Y es que si te ves inmerso en la desagradable situación de sufrir un accidente de tráfico, debes saber que dispones de una serie de plazos con los que debes cumplir, y otros que puedes exigir a tu aseguradora o a la aseguradora contraria que se cumplan para solucionar el asunto lo antes posible.
El primer plazo es de 7 días. Desde que sufres un accidente, dispones de 7 días, a no ser que en tu póliza establezca un plazo más largo, para comunicar a tu aseguradora que has sufrido un siniestro. Si tardas más tiempo en comunicarlo, la aseguradora podrá, en algunos casos, reclámate daños y perjuicios.
El segundo plazo que debes tener en cuenta es de 3 meses. Desde que comunicas a la aseguradora que debe responsabilizarse del siniestro, esta dispone de 3 meses para mandarte una “oferta motivada” o una “respuesta motivada”. La oferta motivada es un documento en el que se te oferta un importe, normalmente muy por debajo de lo que te corresponde. Y la respuesta motivada es otro documento en el que muy amablemente te comunican que no te piensan pagar ni un duro. Si no recibes ninguno de esos dos documentos en 3 meses, deberán abonarte intereses de demora.
Si aceptas la “oferta motivada”, desde que les comunicas la aceptación, la aseguradora tiene 5 días para pagarte el dinero en la cuenta que designes, si no lo abona en ese plazo, deberán abonarte intereses de demora.
Si decides no aceptar la oferta, o si directamente la aseguradora no se hace responsable del siniestro, dispones de 2 meses para intentar un procedimiento de mediación. Este proceso, es voluntario, y normalmente abocado al fracaso.
Si no acudes a esta mediación voluntaria, dispones de 1 año para reclamar a la aseguradora contraria, o a su conductor, o al propietario del vehículo, o a todos a la vez, los daños y perjuicios que hayas sufrido tu, los ocupantes de tu vehículo, o los daños materiales que haya sufrido tu vehículo o los que ibais dentro del mismo. Es la llamada responsabilidad civil extracontractual, y el plazo de un año se cuenta desde el día del accidente, o desde que se estabilizaron las lesiones sufridas como consecuencia del mismo.
Si es tu propia aseguradora la que te ha hecho la oferta que has decidido no aceptar, o no se han querido hacerse cargo, el plazo en este caso es de 5 años desde el día del accidente o estabilización de las lesiones. En este caso la única parte a la que reclamar es tu aseguradora, y el plazo es más extenso porque se trata de una responsabilidad civil contractual.
Por último, debes saber que si se judicializa la indemnización que te corresponde, y pasan más de 2 años desde el siniestro hasta que la aseguradora paga, a partir de los 2 años, el interés al que se le condena es del 20%, muy superior al interés normal por cualquier otro tipo de demora en el pago de una indemnización.
Pagar un seguro cuesta dinero, y el dinero cuesta ganarlo. Es injusto que las aseguradoras intenten no pagar, o pagar lo menos posible, cuando a ti te piden religiosamente la prima cada mes, cada seis meses o cada año. Conoce tus derechos, ejercítalos, y si tienes problemas con tu seguro o como consecuencia de algún tipo de siniestro relacionado con accidentes de tráfico contacta con nosotros. Somos especialistas en reclamaciones al seguro, y os ayudaremos en su tramitación y reclamación.

Abogado desde 2019, por cuenta propia e integrante del Turno de Oficio desde 2024. Tras trabajar en varios Bufetes, decidí fundar mi propio Despacho de Abogados “No Hay Derecho”, con el objetivo de combinar mi experiencia profesional con un enfoque innovador y adaptado a las necesidades actuales de particulares y empresas.
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